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Plan de igualdad: qué empresas están obligadas en 2026, plazos y cómo registrarlo

Obligatorio desde 50 personas trabajadoras, con un año para negociarlo
17 de septiembre de 2026 por
Plan de igualdad: qué empresas están obligadas en 2026, plazos y cómo registrarlo
Rsolutiva Global Agency S.L.

El plan de igualdad dejó de ser cosa de grandes empresas en 2022: desde entonces es obligatorio para toda empresa de 50 o más personas trabajadoras. Y 2026 es un año especialmente movido, porque los planes registrados en 2022 con cuatro años de vigencia empiezan a caducar y hay que renegociarlos.

Esta guía resume quién está obligado, qué plazos hay, qué debe contener el plan y qué formación puede bonificarse con FUNDAE para llevarlo adelante.

¿Qué empresas están obligadas?

  • Empresas de 50 o más personas trabajadoras, contando toda la plantilla (incluidos contratos temporales y personas puestas a disposición por ETT).
  • Empresas cuyo convenio colectivo lo establezca, aunque tengan menos plantilla.
  • Empresas a las que la autoridad laboral se lo imponga en sustitución de una sanción accesoria.

El resto puede elaborarlo de forma voluntaria. No es un capricho: cada vez más pliegos de licitación pública y más departamentos de compras de grandes clientes lo piden a sus proveedores.

Plazos que conviene tener en la cabeza

  • 3 meses desde que se alcanzan las 50 personas para constituir la comisión negociadora.
  • 1 año como máximo para negociar, aprobar y presentar el plan a registro.
  • 15 días hábiles desde la firma para solicitar la inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos (REGCON).
  • 4 años de vigencia máxima. Sin registro, a efectos legales es como si el plan no existiera.

Qué tiene que llevar dentro

El Real Decreto 901/2020 fija un contenido mínimo que no admite atajos:

  • Diagnóstico negociado de la situación de la empresa, revisando entre otras materias el proceso de selección, la clasificación profesional, la formación, la promoción, las condiciones de trabajo, la corresponsabilidad, la infrarrepresentación femenina, las retribuciones y la prevención del acoso.
  • Auditoría retributiva, que incluye la valoración de los puestos de trabajo.
  • Objetivos concretos, medidas con calendario, personas responsables y recursos asignados.
  • Indicadores de seguimiento y comisión de seguimiento.

El error más caro: la comisión negociadora

El plan debe negociarse con la representación legal de la plantilla. Si en la empresa no hay comité ni delegados, no vale reunir a unos cuantos trabajadores: hay que convocar a los sindicatos más representativos del sector. Un plan negociado con una comisión mal constituida se cae en el registro o, peor, en un juzgado.

Sanciones

No tener plan de igualdad estando obligada es infracción grave. Si el plan se incumple o se elude la obligación cuando viene impuesta por la autoridad laboral, la calificación sube a muy grave, con sanciones que pueden alcanzar cifras muy relevantes y la pérdida de ayudas públicas.

Formación bonificada para el equipo que lo lleva

Toda la formación en igualdad es bonificable con el crédito de formación de FUNDAE, así que a la empresa no le supone coste añadido. Hay cursos para distintos niveles de implicación:

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Información general actualizada a septiembre de 2026. No sustituye al asesoramiento jurídico ni a la consulta del texto normativo vigente.

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